martes, 19 de agosto de 2008

OSMTH-OSMTJ-México, Comunicado

México DF, Agosto del 2008

ANNUS TEMPLI 890

A todos los hermanos Templarios, Instituciones Religiosas,

Públicas y Privadas;

Se hace del conocimiento de todos del siguiente dictamen:

Luego de recibirse por medio de diversas fuentes de la Orden, Eclesiásticas, Organizaciones Civiles, y otros, información de presuntas irregularidades en la Encomienda de Venezuela, quien es tutelada por este Priorato y la cual se hallaba a cargo del hermano Fr.+ Giovanni Luisio Mass; el Consejo del Priorato Magistral de México resolvió comisionar a ese País en acto de presencia al Hermano Prior Magistral Fr.+ Roberto A. Molinari, a los efectos de llevar a cabo las investigaciones necesarias con la finalidad de corroborar la veracidad y gravedad de las informaciones recibidas.

Una vez llegado a dicha nación el Hermano Prior, realizó las actividades pertinentes de investigación las cuales lo llevaron a entender que era necesario tomar medidas inmediatas en dicha sede dada la seriedad de las faltas observadas, aclarando, que ante la seriedad de la situación (y entendiendo que se trata de la responsabilidad de un alto oficial de la Orden) y partiendo del principio de la no admisibilidad de pruebas que carezcan de sustento, solo se tomaron en cuenta aquellas que eran comprobables así como también testimonios diversos.

A dicha investigación, se sumaron pruebas documentales a saber:

Cartas emitidas por el Priorato con recomendaciones hacia la Encomienda

Cartas emitidas por el visitador Magistral con recomendaciones hacia la Encomienda

Ordenes Emitidas por el Priorato tanto verbales como escritas.

Fotos testimoniales

Publicaciones Web no autorizadas de material “reservado”.

Luego de llevadas a cabo, todas las diligencias arriba mencionadas y contando de antemano con el beneplácito del Consejo Prioral, del Priorato Magistral de México encontró las siguientes faltas a nuestra regla por parte del hermano que fue responsable de nuestra sede en Venezuela:

De las faltas a la Regla de la Orden:

Falta a los capítulos XVII , XVIII y XIX de la regla

Falta a los capítulos XXXI y XXXII de la regla

Falta grave al capítulos XXXVIII de la regla

Falta reiterada al capítulo XXXIX de la regla

Falta al capítulo XLV de la regla

Faltas Graves a los capítulos XLVIII y XLIX de la regla

De las Faltas Disciplinarias:

Reincidencia en indisciplina con el agravante del cargo como Oficial de la Orden

De las faltas de la Santa Doctrina Católica:

Otro de los factores que agravó las faltas observadas y que no pueden dejar de mencionarse son algunos “pecados sociales” cometidos y/o provocados destacándose entre ellos:

La utilización de Signos Sacramentales de forma inapropiada realizando la “Simulación de Sacramento” alterando su valor y su significado, siendo este un acto reservado para Sacerdotes y Obispos, lo cual tenía entre dicho y enardecidos en contra de la autoridad, a los demás hermanos de la Encomienda de Venezuela.

Pecado de Omisión:

Entendiéndose que a pesar de habérsele pedido en reiteradas oportunidades desde El Priorato Magistral de México, dejar aclarada su situación como religioso, sacerdote o laico dentro de la Santa Iglesia Católica, jamás lo hizo, permitiendo el continuo malentendido y pecado de omisión, de su condición con consecuencias desafortunadas.

Pecado contra la dignidad y el Honor del Prójimo

Agresión verbal al prójimo mediante dichos y escritos, rompiendo el voto de silencio impuesto en reiteradas oportunidades generado desavenencias y confrontaciones entre hermanos.

Agresión de persona a persona buscando la división y el enfrentamiento con la adición del prejuzgamiento, afectando la dignidad de los hermanos.

Pecado contra el bien común y contra sus exigencias

Atentando contra la doctrina de la Orden mediante gestos y actos contrarios a la disciplina de la misma, esto registrado todo en documentos y fotos.

Entendiéndose que en el marco de la doctrina católica nadie queda libre de pecado, los mencionados arriba no exculpan a ninguna de las partes involucradas de cometerlos o haberlos cometido alguna vez, pero en definitiva son parte sustancial de los hechos investigados que fueron en suma, de necesaria importancia a la hora de emitir veredicto.

La gravedad de los hechos no exime a ninguna de las partes de su acción, pero afecta directamente a la Institución por “El Grado y la Jerarquía” de quien los comete o permite su comisión.

Por lo tanto y luego de realizadas las investigaciones pertinentes, las entrevistas arriba señaladas y analizadas las pruebas documentales; el hermano Prior Magistral de Mexico Fr.+ Roberto A. Molinari recomendó aplicar el capítulo XLVI de la Regla donde dice:

“Por encima de todo, debemos asegurarnos que ningún hermano, poderoso o no, fuerte o débil, que desee promocionarse gradualmente devenga orgulloso, defienda su crimen y permanezca sin castigo. Pero si no quiere someterse por ello que reciba un castigo mayor. Y si misericordiosas oraciones del consejo se rezan por él a Dios, y él no quiere enmendarse, si no que se enorgullece más y más de ello, que sea erradicado del rebaño piadoso; según lo que el apóstol dice: Auferte malum ex vobis. Que quiere decir: 'Aparta los malvados de entre los tuyos.' Es necesario para vosotros separar las ovejas perversas de la compañía de los piadosos hermanos.”

Atenuantes de su caso:

Ser el Fundador de la Sede Capitular

Ser el Miembro más antiguo de Venezuela

Haber realizado tareas en pro de la Regla de la Orden

Su perseverancia como Caballero de Capitulo

Agravantes de su Caso:

Su jerarquía

Ser un Alto Oficial de la Orden en Venezuela

Reiteración de Faltas

Resistencia a la disciplina de la Orden

Falta a los principios de un buen Cristiano

Siendo que este humilde siervo de Dios, Yo Fr.+ Jorge Ortiz, Bailío y Senescal del Priorato Magistral de México, después de haber estudiado y certificado el informe entregado por el “comisionado”, Fr. + Roberto Ángel Molinari Kroker y en virtud de las atribuciones a mí conferidas por el Hermano Prior y la Orden toda (en su nombre); entendiendo de las responsabilidades que me competen por el grado y cargo, informo que:

El Seglar Giovanni Luisio Mass, ha sido expulsado de la Orden Templaria OSMTH/OSMTJ, siendo que su causa podría ser revisada nuevamente en un plazo de un (1) año, pudiendo ser ratificada la sanción por tiempo indeterminado sin derecho a reingreso. Dependiendo de su desempeño en la vida seglar.

El seglar, Giovanni Luisio Mass, no puede ni debe representar a la Orden, ni vestir nada que lo identifique como miembro de la Orden Templaria ya que no pertenece a ella.

El seglar, Giovanni Luisio Mass, no es miembro de la Orden Templaria en Encomienda de Venezuela, bajo Tutela del Priorato Magistral de Mexico y de ninguna de las demás sedes de la OSMTH/OSMTJ en ninguna nación del mundo hasta que sea revisada su situación de acuerdo a lo dictaminado.

Se hará del conocimiento del presente documento a todas las autoridades de la OSMTH / OSMTJ de todas las naciones bajo el linaje Portugués, a los efectos legales del caso.

Se invita a los hermanos Priores y/o Comendadores a abstenerse de brindarle cobijo o abrigo en cualquiera de sus sedes por las razones arriba mencionadas

Por ultimo y entendiendo que el seglar mencionado o algún afiliado a sus ideas, podría intentar actuar directa o indirectamente en contra de los intereses de la Orden (en particular de los hermanos de la Orden en Venezuela como así también de la autoridad o autoridades de la Orden) como represalia a la presente sanción; es que se deja aclarado que El Priorato Magistral de Mexico y demás naciones tuteladas, no responderán a ningún acto de calumnia o injuria, ajustándonos a la regla en sus capítulos XXXVIII; XXXIX y XLVIII siendo que todas estas probables “eventualidades” podrán ser tenidas en cuenta al revisarse la causa Giovanni Luissio Mass, lo que podría repercutir en su no reingreso a la Orden.

Nuevo Comendador de Venezuela:

Finalizando, el Hermano Fr.+ Arturo Burillo González, quien es de comprobada Catolicidad, ha sido nombrado y confirmado en el cargo como “Comendador de Venezuela”, por un año calendario, bajo decisión del Consejo Prioral en voto unánime, siendo que desde ahora, el es la máxima autoridad en la sede de Venezuela.

Vuestras Obras Hablaran Por ti

Firmes y Valientes

Non Nobis

Fr.+ Jorge Ortiz, Ortiz

Senescal del Priorato Magistral de Mexico

OSMTH/OSMTJ